Si vives en una comunidad de vecinos, ya sea como propietario o en régimen de alquiler, y estás pensando en hacerte con la compañía de una mascota, un perro, un gato, un canario o un periquito, que son los animales de compañía más habituales, debes preguntar primero a la empresa que lleva la administración de fincas, como puede ser el caso de MBR Administradores, que se ocupa de muchas de las comunidades de Madrid, puesto que ellos te darán asesoramiento jurídico por su alta cualificación y experiencia.
La ley de propiedad horizontal, que es la norma básica para regular la convivencia entre los propietarios y vecinos de un edificio, especificando y señalando cuáles son sus derechos y deberes, no especifica la admisión o no de macotas, dejándolo en manos de los propietarios de la comunidad a fin de que lo regulen entre ellos a través de los estatutos de la propia comunidad. Si la prohibición de tener animales en los pisos está recogida en los mismos, todos los propietarios y residentes deben acatar esta condición, pues es uno más de los condicionantes para habitar en esa edificación. La comunidad a veces no le impide tener una mascota en su domicilio, pero sí le prohíbe el acceso a las zonas comunes, como pueden ser ascensores, escaleras, portales o patios, con lo cual de alguna manera le está imposibilitando el que pueda tener un animal en su vivienda.
Actualmente, hay un aumento de hogares que tienen mascotas, y ya sabemos que estos animales son considerados por sus dueños como uno más de la familia, y sus propietarios consideran que sus vecinos no deben inmiscuirse en lo que haga o tenga en su lugar de residencia privado, en su domicilio, piensan que están en su derecho. Al vivir en comunidad todos tenemos que soportar algunos inconvenientes de las actuaciones de los vecinos, como ruidos, voces, taconeos, volumen de televisores demasiado altos, etc.; el problema se presenta cuando estos ruidos o molestias son insoportables para el resto de los vecinos, y con ello se dañan sus derechos. Los perros no entienden de horarios ni de normas, expresan sus sentimientos y emociones de la única forma que saben y que está en su propia naturaleza, mediante los ladridos, y estos cuando son continuos y constantes pueden llegar ser muy molestos. Aquí se enfrentan los derechos de los propietarios de las mascotas, con los de los demás vecinos. Y existe una famosa frase muy aplicable al caso que dice: “Mis derechos terminan donde empiezan los de los demás”. Hay veces en que este asunto llega a los juzgados, es una de las denuncias más frecuentes de las comunidades, pues los propietarios de las mascotas se niegan a que abandonen la vivienda, y los demás vecinos hacen valer sus derechos, siempre que así se recoja en los estatutos de la comunidad.
Recomendaciones para no tener problemas con los vecinos
- Primeramente, como ya apuntábamos antes, asegurarse de que su tenencia no está prohibida en los estatutos de la comunidad de vecinos.
- Educar al perro desde que es cachorro, para que pueda controlar sus emociones y sus ladridos.
- Utilizar la correa cuando el perro salga a zonas comunes del edificio, pues puede encontrarse con niños o gente que tenga miedo o pánico a estos animales. Así se pueden evitar muchos conflictos.
- Es conveniente usar bozal, si el perro es conflictivo, o si de es de una raza peligrosa.
- Si a la hora de entrar al ascensor, se encuentra con alguna otra persona, debemos dejar que ella decida si desea compartir el ascensor con el perro, en caso contrario, esperaremos.
- Educar y socializar al perro para que sea respetuoso con las personas y con otros animales.
- Sea muy escrupuloso con la higiene de su perro, para evitar malos olores.
- Hay que tener al perro siempre vacunado, y en caso de que alguien de la comunidad nos pregunte no debemos tener problema en mostrarle su cartilla de vacunaciones.
- Hay que recoger siempre los excrementos del perro, por civismo y para evitar molestias.
- Y tener siempre presente que si el perro daña alguna zona común de la comunidad, el responsable será el propietario.